Autónomo económicamente dependiente TRADE

TRADE: Qué Es el Autónomo Económicamente Dependiente y Qué Derechos Tiene

¿Facturas el 75% o más a un solo cliente? Entonces puedes ser reconocido como TRADE (Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente). Esta figura, regulada en la Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo, otorga derechos adicionales frente al autónomo ordinario y frente al cliente del que dependes.

Requisitos para ser TRADE

El artículo 11 de la LETA establece que para ser reconocido como TRADE debes cumplir todos los siguientes requisitos:

  1. Ser autónomo (dado de alta en RETA).
  2. Percibir al menos el 75% de tus ingresos totales de un único cliente en el año anterior.
  3. No tener trabajadores por cuenta ajena a tu cargo.
  4. No contratar a otras personas autónomas para la actividad que desarrollas para ese cliente.
  5. Desarrollar tu actividad con criterios propios y sin integración organizativa en la empresa del cliente.
  6. Disponer de infraestructura productiva propia (herramientas, equipos, local…), aunque sea básica.
  7. Recibir una contraprestación económica en función del resultado, no del tiempo trabajado (no es imprescindible pero sí orientativo).
Atención a la zona gris: Si trabajas con infraestructura del cliente, en sus instalaciones, con su horario y solo para él… Hacienda o la Inspección de Trabajo puede considerar que hay una relación laboral encubierta (falso autónomo), con graves consecuencias para el cliente. El TRADE requiere autonomía organizativa real.

Derechos del TRADE

🏖️

Vacaciones (18 días hábiles)

Derecho a descanso anual mínimo de 18 días hábiles, acordado con el cliente con al menos 30 días de antelación.

📋

Contrato escrito

El contrato debe formalizarse por escrito y registrarse en el SEPE en 10 días hábiles desde la firma.

⚖️

Extinción indemnizada

Si el cliente resuelve el contrato sin causa justificada, el TRADE tiene derecho a indemnización y puede reclamar ante los Juzgados de lo Social.

🛑

Cese de actividad

Acceso a la prestación por cese de actividad (equivalente al "paro") si pierde el contrato TRADE de forma involuntaria.

🕐

Jornada y descansos

El contrato TRADE debe incluir cláusulas sobre tiempo de trabajo máximo y descansos mínimos (equivalentes a la normativa laboral).

🤝

Acuerdo de interés profesional

Los TRADE pueden negociar colectivamente condiciones de trabajo a través de acuerdos de interés profesional con sus clientes.

TRADE vs. autónomo ordinario vs. falso autónomo

CaracterísticaAutónomo ordinarioTRADEFalso autónomo
% ingresos de un clienteSin límite (puede ser <75%)≥75% de un solo cliente100% de uno (sin autonomía)
Autonomía organizativaSí (pero reducida)No (integrado en empresa)
Contrato con clienteNo obligatorioObligatorio (registro SEPE)No (o simulado)
Vacaciones pagadasNoSí (18 días hábiles)No (pero debería tenerlas)
Indemnización por extinciónNoSí (causa injustificada)No (pero puede reclamar)
Consecuencias legalesNingunaNingunaSanciones al cliente + cotizaciones debidas

Cómo solicitar el reconocimiento como TRADE

  1. Verificar que cumples los requisitos (especialmente el 75% de ingresos).
  2. Negociar con el cliente la firma de un contrato TRADE. El modelo está disponible en la web del SEPE.
  3. Firmar el contrato por escrito, que debe incluir: objeto de la actividad, contraprestación económica, duración (puede ser indefinido), tiempo de trabajo y descansos, y preaviso en caso de extinción.
  4. Comunicar al SEPE la firma del contrato en los 10 días hábiles siguientes. Lo puede hacer el cliente (normalmente) o el propio TRADE.
  5. Conservar copia del contrato registrado y acreditar anualmente que sigue cumpliéndose el requisito del 75%.
Si el cliente no quiere reconocerte como TRADE: Puedes comunicar la situación a la Inspección de Trabajo, que verificará si se cumplen los requisitos. Si se confirma que eres TRADE, el cliente estará obligado a firmar el contrato.

Preguntas frecuentes

¿Qué es un TRADE?
Un TRADE (Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente) es un autónomo que obtiene al menos el 75% de sus ingresos de un único cliente. Tiene un estatuto especial que le otorga derechos adicionales: vacaciones de 18 días, derecho a adaptación de jornada, protección ante extinción injustificada del contrato y acceso al cese de actividad.
¿Cuántos días de vacaciones tiene un TRADE?
El TRADE tiene derecho a un mínimo de 18 días hábiles de descanso anual (equivalente a las vacaciones mínimas legales de un trabajador por cuenta ajena), según el artículo 14 de la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo.
¿Cómo se registra el contrato TRADE?
El contrato TRADE debe formalizarse por escrito y comunicarse al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en el plazo de 10 días hábiles desde su firma. Si el cliente no lo comunica, el TRADE puede hacerlo él mismo.

Artículos relacionados