Modelo 130 IRPF pago fraccionado autónomos 2026

Modelo 130: IRPF Trimestral para Autónomos (Guía Completa 2026)

El Modelo 130 es la declaración de pago fraccionado del IRPF que deben presentar los autónomos en régimen de estimación directa cuatro veces al año. Es, básicamente, un anticipo del IRPF anual: pagas a Hacienda el 20% de tus ganancias trimestrales a cuenta de la declaración de la renta de ese ejercicio.

Anuncio 728×90

¿Quién debe presentar el Modelo 130?

Están obligados los autónomos que tributan en estimación directa normal o simplificada. Sin embargo, existe una exención importante que muchos desconocen:

Exención del 70%: Si el 70% o más de tus ingresos proceden de empresas o profesionales que ya te aplican retención en factura (15% o 7%), no tienes que presentar el Modelo 130. La retención que te hacen ya funciona como anticipo de IRPF.

Están excluidos de presentar el Modelo 130:

  • Autónomos en régimen de estimación objetiva (módulos) → presentan Modelo 131
  • Actividades agrícolas, ganaderas, forestales o pesqueras → Modelo 132
  • Autónomos con más del 70% de ingresos sujetos a retención
  • Sociedades (las empresas tributan por Impuesto de Sociedades)

Plazos de presentación en 2026

1er Trimestre (enero–marzo)
1 – 20 abril 2026
Datos acumulados enero–marzo
2º Trimestre (abril–junio)
1 – 20 julio 2026
Datos acumulados enero–junio
3er Trimestre (julio–sept.)
1 – 20 octubre 2026
Datos acumulados enero–septiembre
4º Trimestre (oct.–diciembre)
1 – 30 enero 2027
Datos acumulados enero–diciembre

Cómo calcular el importe a pagar

El cálculo del Modelo 130 es acumulativo: cada trimestre usas los datos de todo el año hasta ese momento, no solo los del trimestre en curso. Esto evita pagar de más en trimestres buenos y de menos en trimestres malos.

Ingresos computables acumulados del año+
Gastos deducibles acumulados
= Rendimiento neto × 20%
− Retenciones soportadas (acumuladas)
− Pagos fraccionados anteriores del año
= Resultado a ingresar (mínimo 0)

Ejemplo práctico: 2T 2026

Autónomo consultor que factura a particulares (sin retención). Datos acumulados de enero a junio:

ConceptoImporte
Ingresos facturados (ene–jun)18.000 €
Gastos deducibles (ene–jun)5.400 €
Rendimiento neto (18.000 − 5.400)12.600 €
20% del rendimiento neto2.520 €
Retenciones recibidas acumuladas0 €
Pago fraccionado 1T ya ingresado−900 €
A ingresar en el 2T (casilla 09)1.620 €
Anuncio 300×250

Casillas principales del Modelo 130

CasillaQué incluye
01Ingresos computables del período (acumulado desde 1 enero)
02Gastos fiscalmente deducibles (acumulado desde 1 enero)
03Rendimiento neto (casilla 01 − 02)
0420% de la casilla 03
05Deducción vivienda habitual si aplica (máx. 660 €/año)
07Retenciones e ingresos a cuenta soportados (acumulado)
08Pagos fraccionados de trimestres anteriores del mismo año
09Resultado del trimestre (04 − 05 − 07 − 08). Si negativo, se pone 0

¿Qué pasa si el resultado es negativo?

Si el cálculo da negativo (has tenido muchos gastos o pérdidas), presentas el Modelo 130 con resultado cero. El importe negativo no te lo devuelven ahora: se compensará en la declaración anual de la renta. Allí, si al final del ejercicio has pagado demasiado en retenciones y pagos fraccionados, Hacienda te devuelve la diferencia.

¿Cómo se presenta?

Exclusivamente online desde la Sede Electrónica de la AEAT con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN. También puede presentarlo tu gestor o asesor fiscal en tu nombre. Los pasos básicos son:

  1. Accede a sede.agenciatributaria.gob.es → Trámites → Modelo 130
  2. Introduce los datos del período y ejercicio
  3. Rellena ingresos, gastos y retenciones acumuladas
  4. Si el resultado es positivo, paga por domiciliación, cargo en cuenta o referencia NRC
  5. Guarda el justificante de presentación
Importante: aunque el resultado sea cero o negativo, debes presentar igualmente el Modelo 130. No presentarlo cuando estás obligado puede acarrear una sanción de entre 200 € y 400 €.

Preguntas frecuentes sobre el Modelo 130

¿Quién está obligado a presentar el Modelo 130?
Los autónomos en régimen de estimación directa (normal o simplificada) que no tengan al menos el 70% de sus ingresos con retención. Si más del 70% de tus facturas llevan retención del 15% o 7%, estás exento.
¿Cuándo se presenta el Modelo 130 en 2026?
Cuatro veces al año: del 1 al 20 de abril (1T), del 1 al 20 de julio (2T), del 1 al 20 de octubre (3T) y del 1 al 30 de enero del año siguiente (4T).
¿Cuánto se paga en el Modelo 130?
El 20% del rendimiento neto acumulado del año, menos las retenciones recibidas y los pagos fraccionados anteriores del mismo ejercicio. El resultado mínimo es cero.
¿Qué pasa si no presento el Modelo 130?
Sanción de entre 200 € y 400 € por declaración no presentada, más recargos por extemporaneidad (5% a 20% del importe a ingresar si hay cuota pendiente).
Anuncio 728×90