Jubilación
Cómo Calcular la Pensión de Jubilación de un Autónomo en 2026
La pensión de jubilación de un autónomo se calcula con la misma fórmula que la de un trabajador por cuenta ajena, pero hay un factor crítico que la diferencia históricamente: la base de cotización elegida durante la vida laboral. Esta guía te explica paso a paso cómo funciona el cálculo y cómo optimizarlo.
Paso 1: Calcular la Base Reguladora
La base reguladora se calcula con los últimos 25 años cotizados (300 meses), actualizados por el IPC:
Base Reguladora = Suma de bases de cotización de los últimos 300 meses (actualizadas) ÷ 350
Se divide entre 350 y no entre 300 porque los 2 años anteriores al hecho causante (jubilación) no se actualizan por IPC pero se incluyen directamente sin ponderación adicional.
Paso 2: Aplicar el porcentaje según años cotizados
| Años cotizados | Porcentaje sobre la Base Reguladora |
|---|---|
| 15 años | 50% |
| 16 años | 53% |
| 17 años | 56% |
| 18 años | 59% |
| 19 años | 62% |
| 20 años | 65% |
| 21 años | 68% |
| 22 años | 71% |
| 25 años | 80% |
| 30 años | 90% (aprox.) |
| 35 años | 96% (aprox.) |
| 37 años o más | 100% |
A partir de los 15 años cotizados, cada año adicional suma 2 puntos porcentuales hasta alcanzar el 100% a los 37 años.
Ejemplo práctico de cálculo
Perfil: autónomo con 30 años cotizados, base media de 1.500 €/mes
- Bases de los últimos 25 años: 300 meses × 1.500 € = 450.000 € (actualizadas por IPC, simplificamos)
- Base Reguladora: 450.000 € ÷ 350 = 1.285,71 €/mes
- Porcentaje (30 años): 50% + (30-15) × 2% = 50% + 30% = 80% (de forma simplificada; la tabla exacta está en la normativa)
- Pensión bruta: 1.285,71 × 80% = 1.028,57 €/mes
El impacto de cotizar por la base mínima vs. una base mayor
| Base mensual durante 30 años | Base Reguladora aprox. | Pensión (80%) |
|---|---|---|
| 1.000 € (mínima histórica) | ~857 € | ~686 €/mes |
| 1.500 € | ~1.286 € | ~1.029 €/mes |
| 2.000 € | ~1.714 € | ~1.371 €/mes |
| 3.000 € | ~2.571 € | ~2.057 €/mes |
Lagunas de cotización: ¿qué pasa si no cotizaste algunos meses?
Las lagunas de cotización (meses sin cotizar dentro del período de cálculo de los últimos 25 años) se cubren de la siguiente forma:
- Primeros 48 meses de laguna: se integran con la base mínima de cotización vigente en cada momento.
- A partir del mes 49 de laguna: se integran con el 50% de la base mínima vigente.
Esto penaliza considerablemente a quien tuvo períodos prolongados sin cotizar (por ejemplo, tiempo como estudiante o sin actividad).